CPI: firmemos con la mano sin borrar con el codo

Lorena Fries
La Nación - CHILE
01/06/09

EL 20 DE mayo pasado fue aprobada en su último trámite constitucional la reforma a la Carta Fundamental que permite la adhesión de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI).

De este modo, el país empieza a ponerse al día con el sistema internacional de protección de los derechos humanos, después de diez años desde la puesta en marcha del Estatuto de Roma y tras haber ostentado el bochornoso sitial de único país sudamericano que permanecía ajeno al tribunal.

Han transcurrido diez años desde aquella Conferencia de Roma en que la comunidad internacional expresó su claro compromiso con los derechos humanos y la paz mundial, condenando los crímenes más graves contra la humanidad y estableciendo el principal mecanismo para combatir la impunidad de los mismos.

En este décimo aniversario, los chilenos y las chilenas podemos congratularnos de haber dado un paso más hacia la plena vigencia de los instrumentos jurídicos internacionales que protegen los derechos de las personas y sus colectivos.

Se trata de un avance civilizatorio que dota a la humanidad de un tribunal permanente e independiente, competente para juzgar a los individuos -no a los estados- responsables de los crímenes más graves: genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

Ello, siempre y cuando los estados no puedan o no tengan voluntad de impartir justicia, porque su jurisdicción es complementaria a la jurisdicción preferente de los estados.

Como su competencia no es retroactiva, sólo podrá investigar hechos ocurridos con posterioridad a su establecimiento, en julio de 2002.

El Estatuto de Roma, además, representa un notable avance en materia de justicia de género, porque se reconoce la gravedad de la violencia sexual y su carácter sistemático en tiempos de conflicto.

Se tipifican como crímenes de lesa humanidad, como crímenes de guerra y como componentes del genocidio diversas formas de violencia sexual: la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, el embarazo forzado, la esterilización forzada y otras formas de violencia sexual de gravedad comparable.

Complementando la criminalización de la violencia sexual se incorporan normas especiales de procedimiento y prueba en relación con estos crímenes y se contempla tanto la protección como la participación de las víctimas y de los testigos.

Además, el Estatuto de Roma es el primer tratado internacional de alcance general que incorpora un concepto de género y el principio de no discriminación sobre la base del género.

Se incorporan criterios de representación equilibrada entre los hombres y las mujeres en la designación de las autoridades como del personal de la Corte; y se establece la necesidad de integrar las diversas dependencias de la Corte con especialistas en violencia sexual, violencia de género y violencia contra niños y niñas, entre los principales avances.

El trascendental avance verificado en el Congreso Nacional se produce a sólo días de la comparecencia de Chile ante el Consejo de DDHH de las Naciones Unidas, en el marco del proceso periódico universal que realiza este organismo para monitorear el cumplimiento de los derechos fundamentales en cada país miembro.

Como resultado del examen rendido por Chile, el Consejo formuló 71 recomendaciones para que el país se ponga a la altura de las exigencias del orden jurídico universal.

Muchas de estas "sugerencias" fueron aceptadas por nuestras autoridades, a excepción de aquélla que pide a nuestro Estado revisar su legislación sobre el aborto.

De mantenerse esta posición, Chile se convertirá en uno de los miembros de la CPI que firma con la mano este tratado y borra con el codo sus preceptos.

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